16 de enero: seminario de prevención de la discriminación y los Delitos de Odio

10/01/2018

 

 

El próximo martes, 16 de enero, Mujeres en Igualdad organizará un seminario en Madrid de prevención de la discriminación y los Delitos de Odio, con la participación de las asociaciones Movimiento contra la Intolerancia, Fundación Secretariado Gitano, Fundación Padre Garralda Horizontes Abiertos, CERMI, la asociación de abogados contra los delitos de odio o Rewind, el proyecto contra el odio en las redes sociales ganador de un concurso europeo. 

Este encuentro se celebrará en la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, de 10:00 a 14:00 horas, y se enmarca en el programa destinado a reforzar la atención y orientación a víctimas de la discriminación, odio e intolerancia emprendido por nuestra organización en 2017 (subvencionado por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad)

Mujeres en igualdad organiza esta jornada porque queremos conocer la dimensión real de los delitos de odio en España. 

El año pasado se notificaron un total de 1.272 incidentes de odio, pero esta es solo la punta del iceberg. ¿Cuántos delitos de odio se registran realmente cada año en nuestro país? ¿Qué porcentaje nunca sale a la luz? ¿Las víctimas son conscientes de ello? ¿Saben a quién recurrir y si lo pueden denunciar?

Según la encuesta que realizó Mujeres en Igualdad el año pasado, la respuesta es NO. Nuestro estudio ha puesto de manifiesto la necesidad urgente de realizar más campañas informativas para sensibilizar a la sociedad española. De otra manera será imposible proteger a las víctimas y garantizar sus derechos.

En 2017, según el balance del Ministerio del Interior, aumentaron en España los incidentes por discapacidad (+15,9%), orientación o identidad sexual (+36,1%) y discriminación por razón sexo/género, en este último caso un 70,8% (se debe a la reforma del Código Penal de 2015, que tipificó estos hechos como delito).

Internet, seguido del teléfono móvil, es el medio más habitual para difundir discursos de odio.

En este seminario queremos obtener una radiografía, lo más exhaustiva posible, de todas las conductas discriminatorias que tienen lugar en la sociedad. Lo haremos de la mano de asociaciones que trabajan día a día con las víctimas, de instituciones y de jóvenes que apuestan por combatir el hate speech en las redes sociales. 
 
DÓNDE: Calle de Alcalá, 37, 28014 Madrid
Metro Sevilla/Banco de España
 
 
 

 

10:00h PRESENTACIÓN
Dª Carmen Fúnez de Gregorio

Secretaria general de Mujeres en Igualdad.

10:05h INAUGURACIÓN
D. Mario Garcés Sanagustín
Secretario de Estado de Servicios Sociales e Igualdad. 

10:30h PONENCIA MARCO 

Presentación Dª Paula Gómez-Angulo
Coordinadora de Mujeres en Igualdad.

D. Ricardo Ruiz de la Serna 
Abogado especialista en delitos de odio.

• Miembro de la Mesa permanente sobre discriminación y delitos de odio del Colegio de Abogados de Madrid (ICAM). 
•Director del curso de acceso al Turno de oficio especializado de asistencia a víctimas de discriminación por diversidad sexual y de género, ICAM. 

11:15h CAFÉ

11:30h MESA REDONDA ¿Cómo trabajan las asociaciones con las víctimas?
       

       Moderadora: Dª Paula Gómez-Angulo                       

  • Dª Mª Dolores Navarro. Presidenta de la Fundación Horizontes Abiertos-Padre Garralda. 
  • D. Esteban Ibarra. Presidente de Movimiento contra la Intolerancia.                                           
  • D. Manuel Ródenas. Presidente de la Asociación de Abogados contra los Delitos de Odio. 
  • D. Javier Luengo. Director General de Plena Inclusión Madrid.
  • Dª Sara Giménez. Directora del Departamento de Igualdad y Lucha contra la Discriminación de la Fundación Secretariado Gitano. 

 

12:45h INICIATIVA Rewind

Presentación Dª María José Ordóñez Carbajal 
Delegada del Gobierno para la Violencia de Género

 Dª Laura García Pesquera y Dª Mónica Martín Pascual nos explicarán en qué consiste esta iniciativa pionera contra el odio en las redes sociales premiada en Europa. 

 

13:00h MESA REDONDA Respuesta de las instituciones ante los delitos de odio

Moderadora: Dª Mª Ángeles García Pérez. Presidenta de la Comisión de Igualdad, Violencia y Acoso de la Asociación española de Auditores Sociolaborales. 

D. Jaime Cereceda Fernández-Orduña
Jefe del Área de Estadística del Gabinete de Coordinación y Estudios del Ministerio del Interior.

Dª Noelia González Garrote
Fiscal. Asesora de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia del Ministerio de Justicia. 

D. Javier Dorado Soto
Director general del INJUVE: campaña No Hate y participación en el proyecto de Google #SomosMás. 

Dª Isabel Serrano
Asesora de la Subdirección general de Ordenación Académica de la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid.  


14:00h   CLAUSURA
Dª Lucía Cerón Hernández
Directora del Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades.

 

 

Por limitación de AFORO y motivos de seguridad, es imprescindible la inscripción online en este enlace https://goo.gl/uuT1qM 


 


 

¿Sabías que...?

El DELITO DE ODIO...

Las conductas que castiga el tipo básico del delito de odio son:

a)  Quienes públicamente fomenten, promuevan o inciten directa o indirectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra un grupo, una parte del mismo o contra una persona determinada por razón de su pertenencia a aquél, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, enfermedad o discapacidad.

b)  Quienes produzcan, elaboren, posean con la finalidad de distribuir, faciliten a terceras personas el acceso, distribuyan, difundan o vendan escritos o cualquier otra clase de material o soportes que por su contenido sean idóneos para fomentar, promover, o incitar directa o indirectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra un grupo, una parte del mismo, o contra una persona determinada por razón de su pertenencia a aquél, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, enfermedad o discapacidad.

c)  Públicamente nieguen, trivialicen gravemente o enaltezcan los delitos de genocidio, de lesa humanidad o contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado, o enaltezcan a sus autores, cuando se hubieran cometido contra un grupo o una parte del mismo, o contra una persona determinada por razón de su pertenencia al mismo, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, la situación familiar o la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, enfermedad o discapacidad, cuando de este modo se promueva o favorezca un clima de violencia, hostilidad, odio o discriminación contra los mismos.

El delito de odio viene previsto en el Código Penal, artículo 510, y castiga las anteriores conductas con la pena de prisión de uno a cuatro años y, además, con la pena de multa de de 6 a 12 meses. Estas penas se impondrán en su mitad superior cuando los hechos se hubieran llevado a cabo a través de un medio de comunicación social, por medio de Internet o mediante el uso de tecnologías de la información, de modo que, aquel se hiciera accesible a un elevado número de personas.

 

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