Vamos a sacar de las sombras al acoso sexual en las empresas y a romper con el silencio en torno a una conducta que no es un comportamiento inadecuado sino un delito.
Según la UE, el 74% de los casos de acoso sexual no llegan a ser denunciados, y nos sitúa frente a un problema excepcional con una magnitud que merece una solución integral y actitud diferente de todas y todos respecto al mismo.
La empresa tiene la obligación de crear y consolidar condiciones de trabajo en las que la seguridad y el bienestar de las personas que hacen posible su actividad, sean unas de las prioridades junto con unas condiciones económicas dignas.
El acoso sexual está reconocido como un delito, tipificado, con su lugar en el Código Penal, ese que en ocasiones no encuentra espacio ni texto adecuado para que otras conductas sean debidamente condenadas
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