La situación de las mujeres con discapacidad en Europa

15/10/2019

 
 
Unos 80 millones de personas con discapacidad viven en la Unión Europea y, con el envejecimeinto de la población, esa cifra irá en aumento. El Parlamento Europeo quiere que las personas con discapacidad tengan el mejor acceso posible a productos y servicios cotidianos. Las nuevas normas velan por que las personas sordomudas y en silla de ruedas puedan acceder a servicios como máquinas expendedoras de billetes y cajeros automáticos, que los servicios de transporte aéreo, ferroviario y por carretera estén debidamente adaptados y que los servicios digitales, como la banca online, el software o los libros electrónicos tengan en cuenta sus necesidades. Las nuevas normas también animarán a las empresas a innovar con productos y servicios más accesibles. Así lo recoge una nueva directiva que ha introducido más requisitos de accesibilidad, aprobada por el Parlamento Europeo. 
 
Las mujeres con discapacidad siguen estando al margen de la sociedad. Su situación no solo es peor que la de las mujeres sin discapacidad, también es peor que la de sus homólogos masculinos. Las mujeres con discapacidad conforman el 16% de la población femenina total de Europa (más de 40 millones de mujeres y niñas).

Siguen sufriendo una discriminación múltiple e interseccional basada en su género y su discapacidad. No tienen las mismas oportunidades de participar en igualdad de condiciones en todos los aspectos de la sociedad. Así lo establece el informe La situación de las mujeres con discapacidad del Sección de Empleo, Asuntos Sociales y Ciudadanía del Comité Económico y Social Europeo. 

"Con demasiada frecuencia se las excluye, entre otras cosas, de la enseñanza y la formación inclusivas, el empleo, el acceso a programas de reducción de la pobreza, una vivienda adecuada y la participación en la vida política y pública, y una serie de actos legislativos les impiden tomar decisiones sobre su propia vida, incluidos sus derechos sexuales y reproductivos. Se topan con obstáculos que impiden el disfrute de sus derechos como ciudadanas de la Unión Europea". 
 
Entre otras muchas medidas se pide la aplicación de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD), las recomendaciones de la UE recibidas del Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad con respecto a las mujeres y las niñas con discapacidad en 2015 y la observación general n.º 3 sobre el artículo 6 de la Convención.
 
La historia, las actitudes y los prejuicios en la comunidad, incluido el círculo familiar, las han estereotipado "de manera negativa, contribuyendo así a su aislamiento y exclusión social", añade. 
 
Son, además, casi completamente ignoradas por los medios de comunicación y, cuando aparecen, el planteamiento consiste en tratar a las mujeres con discapacidad desde una perspectiva médica asexual e ignorar sus capacidades y contribución al entorno circundante. 
 
 
 
Observaciones específicas
 
yes Violencia
 
Las mujeres con discapacidad tienen mayor riesgo de violencia, explotación y abuso que otras mujeres. La violencia puede ser interpersonal, institucional o estructural. La violencia institucional o estructural es toda forma de desigualdad estructural o discriminación institucional que mantiene a las mujeres en una posición subordinada, ya sea física o ideológica, en comparación con otras personas de su familia, hogar o comunidad. Un estudio de 2014 realizado por la Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (FRA) estimó que tienen entre tres y cinco veces más probabilidades de ser víctimas de violencia, especialmente violencia doméstica. 
 
Hay que tipificar como delito la violencia contra las mujeres y tomar todas las medidas legislativas, administrativas, sociales y educativas que sean adecuadas para proteger a las mujeres y niñas con discapacidad, tanto dentro como fuera del hogar, frente a todas las formas de explotación, violencia y abusos, así como facilitar su acceso a la justicia.
 
Entre estas medidas debe incluirse la tipificación como delito de la violencia sexual y otros tipos de violencia contra las mujeres y las niñas con discapacidad, incluida la esterilización forzada.
 
yes Salud y derechos sexuales y reproductivos
 
Los estereotipos erróneos relacionados con la discapacidad y el género son una forma de discriminación que tiene una repercusión especialmente grave en el disfrute de la salud, los derechos sexuales y reproductivos y en el derecho a formar una familia. Entre estos estereotipos destaca la creencia de que son asexuales, incapaces, irracionales o hipersexuales. 

A menudo se ignoran las preferencias de las mujeres con discapacidad, especialmente de las mujeres con discapacidad psicosocial o intelectual, y sus decisiones suelen sustituirse por las de terceros, incluidos representantes legales, proveedores de servicios, tutores y familiares, violando sus derechos con arreglo al artículo 12 de la CDPD. 

Con demasiada frecuencia, las mujeres y las niñas con discapacidad se ven obligadas a someterse a la esterilización, a la práctica del aborto u otras formas de control de su fertilidad. Desde la UE se insta a los estados a adoptar todas las medidas necesarias para garantizar que todas las mujeres puedan ejercer su capacidad jurídica tomando sus propias decisiones con respecto al tratamiento médico o terapéutico, con apoyo cuando así lo deseen, entre otras cosas tomando sus propias decisiones sobre la conservación de la fertilidad y la autonomía reproductiva, ejerciendo su derecho a elegir el número de hijos y el intervalo entre ellos y las cuestiones relacionadas con su sexualidad, y ejerciendo su derecho a entablar relaciones. 

Esto debe suceder sin coacción, discriminación ni violencia. 

La esterilización y el aborto forzados son una forma de violencia contra las mujeres y deben tipificarse como delito, con arreglo a lo previsto en el artículo 39 del Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica.

Los centros y equipos sanitarios, incluidas las máquinas de mamografías y las camillas de reconocimiento ginecológico, a menudo son físicamente inaccesibles para las mujeres con discapacidad. 

 

yes Educación y formación
 
Los estereotipos sobre género y discapacidad se combinan para alimentar actitudes, políticas y prácticas discriminatorias, como utilizar material didáctico para perpetuar estereotipos erróneos, asignar la función de cuidadoras a las mujeres y las niñas y, en algunos ámbitos, dar mayor valor a la educación de los niños que a la de las niñas, alentar el matrimonio precoz de niñas con discapacidad y, por último, no proporcionar instalaciones sanitarias accesibles en las escuelas para garantizar la higiene menstrual. A su vez, estas dan lugar a mayores tasas de analfabetismo, fracaso escolar, tasas de asistencia diaria desiguales, absentismo y abandono escolar total.

Un análisis comparativo de la UE reveló que, en 2011, solo el 27% de las personas con discapacidad de entre 30 y 34 años había terminado un ciclo de enseñanza superior o equivalente. Sin embargo, no hay datos sobre las mujeres y las niñas en concreto. 

Debe garantizarse la igualdad de acceso a las TIC y a la sociedad de la información. A la hora de desarrollar tecnologías de la información y la comunicación, deben tenerse en cuenta los factores económicos, la necesidad de formación y la igualdad de oportunidades, con independencia de la edad.

yes Empleo
 
La actividad de las mujeres en general en el mercado laboral sigue siendo muy inferior a la de los hombres (46,6% frente a 61,9%). Los mercados laborales de todos los Estados miembros muestran una segregación por género persistente y significativa. Sin embargo, las mujeres con discapacidad están mucho más excluidas del mercado laboral.
 
Solo el 18,8% de las mujeres con discapacidad de la UE están empleadas, según el Índice de Igualdad de Género de 2015 del Instituto Europeo de la Igualdad de Género (frente al 28,1% de hombres). La elevada tasa de desempleo entre las mujeres con discapacidad es inaceptable y provoca que tengan más probabilidades de vivir en condiciones de pobreza y exclusión social. Encuentran mayores obstáculos para acceder al mercado laboral, lo que les dificulta el desarrollo de formas de vida independientes. A menudo reciben salarios inferiores. Las barreras a la movilidad y la mayor dependencia de familiares y cuidadores crean obstáculos a su participación activa en la enseñanza, el mercado laboral y la vida social y económica de la comunidad.
 
También deben promoverse las oportunidades de empleo por cuenta propia, el emprendimiento, la representación paritaria en los consejos de administración de las empresas, el desarrollo de las empresas sociales o la creación de empresas propias. Las mujeres con discapacidad deben tener los mismos derechos a asistencia financiera durante todo el ciclo de vida de la empresa y deben considerarse emprendedoras competentes.
 
El aumento del número de personas con discapacidad incrementará la carga para los cuidadores, en particular para los cuidadores familiares, que son principalmente mujeres que se ven obligadas a reducir sus jornadas de trabajo e incluso a salir del mercado laboral para hacerse cargo de sus familiares dependientes. 
 
Las mujeres con discapacidad también se topan con obstáculos específicos a su participación en condiciones de igualdad en el lugar de trabajo, entre ellos acoso sexual, desigualdad salarial y falta de acceso a reparación por las actitudes discriminatorias que desestiman sus demandas. El acoso en el lugar de trabajo debe evitarse adoptando protocolos eficaces contra él de conformidad con la aplicación de la Directiva 2000/78 de la UE .
 
yes Participación en la vida política y pública
 
La voz de las mujeres y las niñas con discapacidad se ha silenciado históricamente, por lo que están desproporcionadamente infrarrepresentadas en la toma de decisiones públicas. En la mayoría de los Estados miembros, la privación de la capacidad jurídica de los ciudadanos con discapacidad da lugar a la pérdida de su derecho de voto.
 
Debido a los desequilibrios de poder y a la discriminación múltiple, han tenido menos oportunidades de crear organizaciones que puedan representar sus necesidades como mujeres, niñas y personas con discapacidad o de afiliarse a ellas. 

Las personas con discapacidad y las personas mayores disfrutarán de un mejor acceso a diversos servicios y productos, como cajeros automáticos, teléfonos inteligentes y máquinas expendedoras de billetes, gracias a una nueva directiva que introdujo más requisitos de accesibilidad. Asi lo ha aprobado el Parlamento Europeo. 

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