Hoy os presentamos a la pontevedresa Rosanna López Salgueiro, presidenta desde 2018 de la comisión de Empleo de la Confederación Nacional de Mujeres en Igualdad. Politóloga, colaboradora habitual de esRadio y Diario de Pontevedra, es directora gerente de la Fundación Pública Galega da Formación para o Traballo.
En este primer artículo aborda los avances en igualdad en el empleo registrados en su comunidad autónoma, Galicia. Estas son sus reflexiones:
Desde la Administración Pública también se puede innovar. El pasado 25 de enero, la Xunta de Galicia celebró una jornada de presentación del “Estudio sobre la aplicación del principio de igualdad en la negociación colectiva galega”, así como la “Guía de buenas prácticas en materia de igualdad para la negociación colectiva”.
Para todas las personas que trabajamos en el área de Empleo y en la búsqueda de una mejora del mismo y con calidad para su desarrollo, este es un día de esos que tenemos que marcar en el calendario, ya que hay que reconocer el esfuerzo realizado por la Xunta de Galicia y por los interlocutores y/o agentes sociales, ya que sin una y sin los otros sería infructuoso este trabajo.
En Galicia, el peso porcentual de la mujer (48,4%) en el ámbito laboral es muy importante, con 487.254 afiliadas a la Seguridad Social (tres puntos más que en 2009), siendo la comunidad autónoma que cuenta hoy con mayor número mujeres con contrato indefinido y jornada a tiempo completo. Además, contamos con 12.000 mujeres en puestos de dirección y gerencia.
Para mí, como presidenta de la comisión de Empleo de la Confederación Nacional de Mujeres en Igualdad, ha sido todo un acierto el haber asistido, ya que he podido conocer en primera persona el trabajo desarrollado en el espacio del Consejo de Relaciones Laborales de Galicia, donde se ha conseguido un intercambio de realidades sociales, tal y como propugna la Constitución Española en su artículo 37, donde cita textualmente:
1. La ley garantizará el derecho a la negociación colectiva laboral entre los representantes de los trabajadores y empresarios, así como la fuerza vinculante de los convenios.
2. Se reconoce el derecho de los trabajadores y empresarios a adoptar medidas de conflicto colectivo. La ley que regule el ejercicio de este derecho, sin perjuicio de las limitaciones que puedan establecer, incluirá las garantías precisas para asegurar el funcionamiento de los servicios esenciales de la comunidad”.
En este sentido, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, fomenta en su articulado el papel de la negociación colectiva en la prevención y regulación de medidas para evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres, promoviendo, por lo tanto, que los convenios colectivos puedan ser una herramienta para la consecución de la igualdad real entre hombres y mujeres en las relaciones laborales y en la regulación de las condiciones de trabajo.
La guía de buenas prácticas se complementa con el análisis, realizado por las universidades de A Coruña y Vigo, que describe el nivel de implantación y cumplimiento de la igualdad en los convenios colectivos a través del “Estudio sobre la aplicación del principio de igualdad en la negociación colectiva galega”.
He aquí un ejemplo de trabajo por la igualdad y la corresponsabilidad en el empleo realizado a conciencia, con mucho esfuerzo, dedicación y toda la seriedad y la complementariedad necesaria entre la sociedad, los agentes sociales y el gobierno de Galicia.
Una nueva materialización del arduo y continuo trabajo de la Xunta de Galicia a través de la Consellería de Economía, Empleo e Industria y de la Secretaría Xeral de Emprego, de la mano del Consello Galego de Relacións Laborais en el seno de su “Comisión Consultiva Autonómica para la Igualdad entre Mujeres y Hombres en la Negociación Colectiva”.
Ojalá cunda y se siga este ejemplo. Será lo mejor para la igualdad de género en el trabajo y para adaptarse al siglo XXI.
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